JCE prohíbe entrega de bonos y cualquier tipo de propaganda política en instituciones públicas
Santo Domingo. – La Junta Central Electoral (JCE) ordenó a los funcionarios públicos suspender la entrega de bonos económicos, «publicidad que promueve candidatos directa o indirectamente» y cualquier beneficio especial a la población en los 12 días que faltan para la realización de las Elecciones Presidenciales y Congresuales.
Esta prohibición solo es un recordatorio por parte de la Junta para el gobierno central, al indicar este lunes en un comunicado que la Constitución en su artículo 211, la Ley Orgánica de Régimen Electoral No. 20-23 (art. 210 y 211) y la Resolución No. 38-2023 de fecha 15 de agosto de 2023 regula la participación de funcionarios públicos en el periodo de la campaña electoral y le ordena la suspensión de actividades tales como la ejecución de planes de apoyo social o comunitario extraordinarios a cargo de las instituciones públicas.
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Además, no pueden otorgar bonos económicos, la tarjetas y beneficios especiales en favor de personas bajo cualquier modalidad, tampoco pensiones.
Las instituciones gubernamentales no pueden aumentar su nómina en este proceso, tampoco colocar publicidad que contenga elementos que promuevan directa o indirectamente a candidatos que estén compitiendo en los niveles de elección que se disputarán en las elecciones.
Comunicación integra:
La Junta Central Electoral, tiene a bien, en virtud de lo que establece el artículo 211 de la Constitución de la República, los artículos 210 y 211 de la Ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral y la Resolución No. 38-2023 de fecha 15 de agosto de 2023, que regula la participación de funcionarios públicos en el período de la campaña electoral de cara a las elecciones ordinarias generales del año 2024, reiterar que durante esta etapa de la campaña electoral están prohibidas las siguientes actividades y, por consiguiente, se ordena la suspensión, a partir de este lunes 6 de mayo y hasta concluidas las elecciones del domingo 19 de mayo de 2024, de cualquier acto o actividad que pudiera constituir una violación a las mismas:
1. La ejecución de planes de apoyo social o comunitario extraordinarios a cargo de las instituciones de la Administración Pública Central y las entidades públicas autónomas y descentralizadas
2. El otorgamiento de bonos económicos por parte de estas instituciones
3. La entrega de tarjetas y beneficios especiales en favor de personas bajo cualquier modalidad
4. El otorgamiento de pensiones por parte de dichas instituciones
5. El aumento de la nómina en la Administración Pública Central y las entidades públicas autónomas y descentralizadas
6. La publicidad de las instituciones de la Administración Pública Central y las entidades públicas autónomas, descentralizadas y las alcaldías, que contenga elementos que promuevan directa o indirectamente a candidatos y candidatas que estén compitiendo en los niveles de elección que se disputarán en las elecciones
7. Cualquier tipo de propaganda política que esté colocada en edificios de instituciones públicas.
Las presentes medidas tienen como propósito, garantizar la equidad en la contienda electoral y procurar que todos los candidatos y candidatas puedan contar con iguales condiciones de competición. En Santo Domingo, República Dominicana, a los 6 días del mes de mayo del año 2024.