RD no figura en la lista de países con suspensión de visas de inmigrante de EE. UU.

RD no figura en la lista de países con suspensión de visas de inmigrante de EE. UU.
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Santo Domingo — República Dominicana no figura entre los 75 países cuyos ciudadanos verán suspendido el procesamiento de visas de inmigrante por parte del Gobierno de Estados Unidos, una medida anunciada que comenzará a aplicarse el 21 de enero y que forma parte de un endurecimiento de las políticas migratorias bajo el criterio de “carga pública”. 

La suspensión, dictada por el Departamento de Estado estadounidense, ordena a los consulados pausar las solicitudes de visas de inmigrante —no las de turista o de negocios— para ciudadanos de las naciones incluidas en la lista mientras se revisan y ajustan los procedimientos consulares. 

Aunque la lista completa no ha sido publicada oficialmente, entre los países afectados están Afganistán, Brasil, Colombia, Cuba, Haití, Irán, Nigeria, Rusia, Somalia, Siria, Yemen, y otros de África, Asia, Europa del Este y el Caribe. 

En ese contexto, el expresidente Donald Trump difundió recientemente en su red social Truth Social un listado sobre los porcentajes de hogares de inmigrantes que reciben ayudas sociales en Estados Unidos. En ese conteo, los dominicanos —según sus publicaciones— aparecen entre los cinco grupos con mayor incidencia, con alrededor de 68 % de los hogares recibiendo algún tipo de asistencia social, una estadística que ha sido objeto de debate y análisis en medios y redes. 

La exclusión de República Dominicana de la suspensión significa que los ciudadanos dominicanos podrán continuar gestionando sus visas de inmigrante en los consulados estadounidenses con los procesos habituales, al menos mientras la revisión de las políticas está en curso. Hasta el momento, no se han reportado cambios adicionales para los trámites de visas no inmigrantes. 

La medida forma parte de un enfoque más amplio por parte de la administración estadounidense para limitar la entrada de personas que puedan depender de beneficios públicos, reforzando los criterios de evaluación consular bajo la normativa conocida como “carga pública”.

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