Obras Públicas deberá pagar RD$12 millones por incumplir la Ley de Acceso a la Información
El Tribunal Constitucional ha emitido una sentencia definitiva que obliga al gobierno a pagar más de RD$12 millones al licenciado Ángel Lockward.
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Esta decisión es resultado de una astreinte impuesta por el Tribunal Superior Administrativo (TSA) debido a la negativa del Ministerio de Obras Públicas a entregar un plano de un área verde en Puerto Plata, violando así la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.
Detalles del Caso
- Solicitudes Iniciales y Rechazo:
- Ángel Lockward solicitó información sobre los planes de desarrollo y aprobación de planos del área turística de Cofresí, Puerto Plata, al Ministerio de Obras Públicas.
- La solicitud fue rechazada por Ana María Terrero, directora de la Oficina Central de Tramitación de Planos, alegando que la información era confidencial y protegida por derechos de autor.
- Acción de Amparo:
- El 23 de noviembre de 2018, Lockward interpuso una acción de amparo.
- El TSA, mediante la sentencia 030-02-2019-SSEN00061 del 21 de febrero de 2019, ordenó la entrega de la información solicitada.
- Recursos Legales:
- Obras Públicas recurrió la decisión del TSA, pero su recurso fue declarado inadmisible por extemporáneo por el Tribunal Constitucional mediante la Sentencia TC/0105/20 del 12 de mayo de 2020.
- Lockward solicitó una astreinte, resultando en la sentencia 030-02-2021-SSEN-00124 del 12 de marzo de 2021, imponiendo una multa de RD$10,000 diarios por incumplimiento.
- Casación y Sentencia Definitiva:
- Obras Públicas interpuso un recurso de casación ante la Suprema Corte, que fue rechazado el 13 de diciembre de 2021 por la sentencia 033-2021-SSEN-01263.
- Finalmente, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia definitiva TC-0951-23, confirmando la decisión de la Suprema y ordenando el pago de la astreinte acumulada a Lockward.
Esta sentencia marca un hito en la aplicación de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública y refuerza la obligación de las entidades gubernamentales de cumplir con las solicitudes de información de manera transparente y oportuna. La imposición de una astreinte y la consecuente obligación de pagar una suma significativa subraya la seriedad con la que deben tomarse estas obligaciones legales.
La decisión del Tribunal Constitucional no solo beneficia a Ángel Lockward, sino que también establece un precedente importante en la protección de los derechos de acceso a la información pública en la República Dominicana. Esta sentencia definitiva refuerza la importancia de la transparencia y la rendición de cuentas en la administración pública.